Actualización de las cuantías indemnizatorias por lesiones en 2020 - Torroba & Asociados
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Actualización de las cuantías indemnizatorias por lesiones en 2020

La indemnización por lesiones sufridas en accidentes de tráfico se calcula de acuerdo con un baremo o sistema de valoración del daño, que es objeto de actualización anual. En este artículo tratamos esa actualización de las cuantías indemnizatorias. Como sabemos, el sistema que utilizamos en la actualidad entró en vigor en el año 2016 y fue introducido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Dicha norma vino a modificar el sistema que contenía el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Ahora bien, las cuantías indemnizatorias no son estáticas. sino que son objeto de actualización periódica. Ello responde a la necesidad de mantener unas indemnizaciones dignas, ya que el mantenimiento en el tiempo de las cuantías indemnizatorias mientras se incrementa el coste de la vida tendría un efecto claramente confiscatorio. Está, por tanto, ligado al principio de reparación íntegra, básico y esencial en derecho de daños, y recogido en el artículo 33 de la citada Ley.

Dicha actualización opera de forma automática, entrando en vigor el 1 de enero de cada año desde la publicación de la Ley 35/2015. Las actualizaciones no son aleatorias o caprichosas, sino que van vinculadas al índice de revalorización de las pensiones.

El artículo 49 de la norma dispone:

«1. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios.

3. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hará públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación.»

De este modo, es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la obligada a la publicación periódica de las tablas que contienen las cuantías actualizadas que utilizaremos para cuantificar la indemnización una vez hayamos valorado el daño sufrido.  La actualización para el año 2020 ha sido aprobada por Resolución de 30 de marzo de 2020 a la que se puede acceder en el enlace.

No es fácil saber utilizar correctamente el sistema de valoración del daño. Cualquier error u omisión puede dejar partidas indemnizatorias muy importantes sin indemnizar. Por ello, si has sufrido un accidente de tráfico, siempre es conveniente contar con el asesoramiento de un especialista en la materia. Si necesitas ayuda para la reclamación de tus lesiones, infórmate sin compromiso en el siguiente enlace:

Reclamar indemnización por lesiones sufridas en accidente de tráfico. 

 

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